Paula (2012) – España
«El derecho de los médicos a objetar casi me cuesta la vida»
El País, 9 de noviembre de 2016, Cristina Huete
El servicio de seguridad social gallego en España fue condenado a indemnizar a una mujer con 270.000 euros por su sufrimiento y lesiones permanentes después de que un hospital se negara a practicarle un aborto por motivos de «objeción de conciencia», a pesar de que el feto era incompatible con la vida.
«Paula» se enteró de que el feto que llevaba tenía una anomalía fatal cuando estaba de siete meses de su embarazo, debido a errores durante el diagnóstico prenatal. No pudo encontrar a nadie que interrumpiera el embarazo, ni en su propia ciudad en Galicia, ni en cualquier otro hospital público cercano. Finalmente, el servicio de salud pública gallego, SERGAS, declaró que «para respetar el derecho de los profesionales a la objeción por razones morales», las autoridades pagarían la interrupción del embarazo en una clínica privada en Madrid, momento en el que ella estaba de 32 semana de embarazo.
Tuvo que hacer el viaje de 570 km a Madrid en automóvil con su compañero. Había tenido dolores vaginales durante algunos días, pero el hospital le dijo que sólo eran gases. De hecho, el dolor se debió a una irregularidad en su útero, afectada por el embarazo. Cuando llegó a la clínica en Madrid, estaba sangrando mucho y tuvo que ser trasladada a un hospital para una cesárea de emergencia para extraer al feto, que murió poco después. Su útero tuvo que ser extirpado para detener el sangrado, por lo que ahora no puede tener más hijos.
En julio de 2017, el Servicio de Salud de Galicia fue declarado culpable de ocultarle intencionalmente a Paula el hecho de que el feto sufría de graves anomalías incompatibles con la vida, incluido el síndrome del «cri du chat», un trastorno genético raro que causa una discapacidad mental grave. Durante los procedimientos del Tribunal Superior, también se supo que sus médicos habían retrasado deliberadamente las pruebas de diagnóstico prenatales requeridas. Cuando finalmente obtuvo el diagnóstico correcto, un ginecólogo retrasó la autorización del aborto, alegando que eran necesarias más pruebas de diagnóstico, cuando en realidad no lo eran. El fallo del Tribunal Superior de Justicia dejó en claro que lo que ocurrió fue una «falta grave del sistema de salud». El presidente del gobierno regional, Albert Nuñez Feijoo, decidió no apelar la sentencia y se disculpó por lo sucedido, atribuyendo la culpa al hecho de que una proporción muy alta de médicos en la región son «objetores de conciencia» a los abortos médicos.
Fuentes:
«El derecho de los médicos a objetar casi me cuesta la vida»: elpais.com
Lea también: www.safeabortionwomensright.org
Se impuso una indemnización, pero nada ha cambiado en Galicia, 11 de agosto de 2017: www.safeabortionwomensright.org
España: el Servicio de Salud es responsable de los retrasos en el aborto de los objetores y la pérdida del útero, 31 de octubre de 2017: ReproHealthLaw Blog