Conclusiones

Permitir OC en la salud reproductiva, incluso en un grado limitado, crea una contradicción fundamental e injusticia. Los derechos del paciente a la vida y a la seguridad corporal seguramente sobrepasan el derecho del trabajador sanitario a la conciencia, cuya primera obligación es para con sus pacientes, y no para con ellos mismos. El ejercicio de la OC permite a los profesionales médicos en una posición de autoridad abandonar a los pacientes dependientes que están obligados a atender. Los sistemas de salud que prohíben al personal proporcionar servicios de aborto o anticoncepción están permitiendo negar sistemáticamente los servicios de salud a una población vulnerable e ignorar los derechos de conciencia de los prestadores del servicio de aborto, así como de los pacientes. Dado que los pacientes en salud reproductiva son en su gran mayoría mujeres, la OC se eleva al nivel de discriminación de género.

El abuso sistémico de la OC inevitablemente ocurrirá mientras la OC en la salud reproductiva siga siendo tolerada. Las expansiones adicionales de la OC no pueden ni siquiera oponerse con argumentos basados en la evidencia, porque la provisión de asistencia sanitaria ha pasado a depender de creencias religiosas o personales. La negativa del personal sanitario a participar en la atención reproductiva, como la anticoncepción y el aborto, no es “objeción de conciencia”, sino que es un rechazo al tratamiento que debe considerarse poco profesional. Una sociedad justa y un sistema médico basado en la evidencia deben considerarlo como «desobediencia deshonrosa», una violación ética que debe ser manejada de la misma manera que cualquier otra negligencia profesional o mala praxis, o una incapacidad mental para realizar sus deberes. A menos que los trabajadores sean capaces de adoptar una actitud de distancia profesional que les permita ofrecer la atención médica necesaria con la que personalmente no están de acuerdo, deben abandonar el campo de la salud reproductiva o no involucrarse en ella en absoluto. De hecho, esas dos opciones representan el único ejercicio honesto de la OC en medicina.

La aceptación por parte del estado de la OC en salud reproductiva contraviene el derecho legal de las mujeres a acceder a los servicios de salud. Como tal, la OC puede ser vista como un intento de recuperar la legalidad del aborto (y la anticoncepción) y devolver a las mujeres a su tradicional deber de producir soldados y ciudadanos para el estado. Al manipular a las mujeres para que continúen un embarazo no deseado en contra de sus intereses, el ejercicio de la OC socava la autodeterminación y la libertad de las mujeres y arriesga su salud y sus vidas. Como tal, no tiene cabida en una sociedad democrática.

Fuente: Fiala C, Arthur JH. Dishonourable disobedience (“Inmoral desobeciencia”) – Por qué negarse a proporcionar tratamiento en salud reproductiva no es objeción de conciencia. Mujer – Psychosom Gynaecol Obstet (2014), http://dx.doi.org/10.1016/j.woman.2014.03.001