OC institucional y violación del derecho a la conciencia pro-elección

La mayoría de las leyes y políticas de OC protegen a los profesionales de la salud que se niegan a participar en un servicio médico determinado como el aborto, pero no protegen a aquellos que están dispuestos a realizar tales intervenciones. El bioeticista Bernard Dickens se refiere a la postura del personal sanitario pro-elección como «compromiso consciente», señalando que «la religión no tiene el monopolio de la conciencia». Por ejemplo, muchos médicos y personal sanitario que trabajan en entornos ilegales en todo el mundo han practicado abortos seguros a mujeres que los necesitan desesperadamente. «Los médicos conscientemente comprometidos a menudo necesitan coraje para actuar en contra de la prevalente ortodoxia legal, religiosa e incluso médica, siguiendo la honorable ética médica de colocar los intereses de los pacientes por encima de los suyos» (Dickens, 2008). Estos profesionales merecen la protección legal e institucional de su compromiso con sus pacientes. La doctora Lisa H. Harris también reconoció que los doctores pueden ser obligados por la conciencia a prestar servicios de aborto, señalando que la «ecuación unilateral de conciencia con la falta de aborto contribuye a la estigmatización de los proveedores de aborto», lo que lleva a una escasez de proveedores e incluso al acoso y la violencia (Harris, 2012).

Un ejemplo excelente de negar un derecho a la conciencia a favor de la elección es cuando los sistemas de salud como los hospitales católicos reclaman el derecho a ejercer su «conciencia» al negarse a prestar algunos servicios de salud reproductiva y luego imponerlo a su personal y a sus pacientes independientemente de las sus creencias personales. Tales políticas pueden incluso no ser escritas porque se basan en las creencias religiosas personales de los administradores del hospital (Nowicka, 2008). En Austria, casi todos los hospitales, tanto católicos como públicos, se niegan a practicar abortos legales (Wimmer-Puchinger, 1995), y el director de un hospital católico incluso admitió en una entrevista con los medios que un médico sería despedido por practicar un aborto (Pongauer Nachrichten, 2004).

Sin embargo, muchos médicos católicos creen que están ayudando a las mujeres y salvando vidas al practicar abortos, y prohibirles hacerlo – incluso para salvar la vida de una mujer – sería una violación de sus propias creencias religiosas, así como la ética médica y la directiva de «no hacer daño». De hecho, el 37% de los obstetras / ginecólogos que practican en instituciones religiosas afiliadas han tenido un conflicto con su institución sobre sus políticas doctrinales (no sólo en cuanto al aborto), incluyendo el 52% de los obstetras / ginecólogos en instituciones católicas (Stulberg et al., 2012).

En un hospital católico de Arizona, una monja a cargo del comité de ética del hospital fue »automáticamente excomulgada» y »despedida» después de decidir salvar la vida de una mujer practicando un aborto de emergencia. Como castigo adicional, el obispo local incluso revocó la designación católica del hospital (Associated Press, 2010). En Alemania, dos hospitales católicos separados se negaron a proporcionar a una mujer violada un examen ginecológico para preservar la prueba, o incluso darle cualquier consejo o apoyo. El personal había sido amenazado con el despido si la tratarban porque los hospitales querían evitar ofrecer consejo sobre el aborto o la anticoncepción de emergencia (The Local (Germany), 2013).

A las mujeres estadounidenses que sufren un embarazo ectópico o un aborto involuntario se les ha negado el tratamiento de emergencia para salvar su vida en hospitales religiosos afiliados, en violación de las normas médicas aceptadas y las leyes federales (National Women’s Law Center, 2011). Los embarazos ectópicos, en los que el embrión se implanta fuera del útero, pueden poner en peligro la vida de las mujeres. El embarazo no puede preservarse en cualquier circunstancia, por lo que el estándar de atención es administrar inmediatamente el medicamento metotrexato o acabar quirúrgicamente con el embarazo. Pero debido a que el metotrexato también se utiliza para el aborto, los hospitales católicos se niegan a proporcionarlo. En cambio, frecuentemente obligan a las mujeres a esperar hasta que se rompa su trompa de falopio, aumentando el sufrimiento de la mujer y poniendo su vida y su futura fertilidad en grave peligro.

Cuando la OC es invocada por un sistema de salud en nombre de todos sus empleados, es probable que impida el acceso de las mujeres a los servicios de salud sexual y reproductiva mucho más que cuando la OC es invocada por los médicos individuales. En comunidades más pequeñas, los hospitales religiosos suelen ser los únicos, lo que reduce o elimina el acceso a toda una gama de servicios de salud reproductiva (esterilización femenina, anticoncepción de emergencia, aborto, etc.). Esto pone a las mujeres locales en peligro de sufrir innecesarios sufrimientos o incluso de morir si necesitan cuidados reproductivos esenciales (Berer, 2013; Católicos por una Libre Elección, 2003). La religión o las creencias de la mujer son ignoradas por la institución, a pesar de que la tasa de abortos de mujeres católicas en Estados Unidos es la misma que la de las no católicas, y el 98% han usado algún método anticonceptivo prohibido por su Iglesia. Además, la OC institucional sanciona sólo una visión religiosa sectaria, ya que la mayoría de las religiones organizadas, incluyendo el catolicismo, tienen corrientes liberales de pensamiento que apoyan el derecho al aborto en algunos o en la mayoría de los casos (Maguire Daniel, 2001). A pesar de esto, la mayoría de las instituciones afiliadas a la religión que ejercen OC son financiadas públicamente y atienden a comunidades enteras con opiniones diversas. En efecto, las ciudadanas de países con servicios de salud financiados por el gobierno están pagando impuestos para apoyar un sistema discriminatorio que les niega la atención esencial basada en su capacidad de tener hijos.

Una resolución enmendada que permitía la OC institucional fue aprobada en octubre de 2010 en el Consejo de Europa, a través de una serie de tácticas políticas que subvertieron un voto democrático llevadas a cabo por miembros votantes antiabortistas. La resolución original habría proporcionado las primeras recomendaciones oficiales sobre cómo los gobiernos podrían «equilibrar» el derecho de las mujeres a la atención médica requerida con la alegación por parte del personal sanitario de la OC. La corrupta resolución elevó al feto sobre la vida de una mujer, incluso la vida de su familia y otros niños, y esencialmente proporcionaron a los hospitales de Europa una cláusula de escape de ser responsable o financieramente responsable de cualquier negligencia o daño ocasionado a los pacientes (Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, 2010). La resolución sigue vigente, aunque las decisiones ulteriores del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en casos relacionados con el aborto (RR c. Polonia, P. y S. v.Poland) trataron de corregir la situación con esta regla oximorónica: «Los Estados están obligados a organizar su sistema sanitario… para garantizar el ejercicio efectivo de la libertad de conciencia por parte de los profesionales de la salud… Esto no impide que las pacientes obtengan acceso a los servicios a los que tienen derecho. . . «(Tribunal Europeo de Derechos Humanos, 2012)

Los marcos internacionales de derechos humanos confirman que el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión es un derecho que sólo los seres humanos individuales pueden disfrutar. En palabras de Christine McCafferty, la ponente de la comisión que elaboró el informe del Consejo de Europa: «… únicamente las personas pueden tener un alma o una conciencia… Las instituciones como los hospitales no pueden, por definición, tener conciencia» (Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, 2010)

Fuente: Fiala C, Arthur JH. ‘‘Dishonourable disobedience’’ (“Inmoral desobeciencia”) – Por qué negarse a proporcionar tratamiento en salud reproductiva no es objeción de conciencia. Mujer – Psychosom Gynaecol Obstet (2014), http://dx.doi.org/10.1016/j.woman.2014.03.001