Supresión de la OC en la salud reproductiva

La práctica no reglada de la OC en salud reproductiva se ha consolidado en muchos países y sistemas de salud, lo que da lugar a consecuencias negativas generalizadas para las mujeres afectadas y violaciones de sus derechos (Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, 2010). Incluso cuando una ley o política permite la OC limitada, el abuso de ese derecho es frecuente. Esto implica que al personal que objeta no se le puede confiar el ejercicio responsable de este derecho, y que quienes abusan de la OC no están calificados para ser personal sanitario. Incluso los doctores que ejercen la OC dentro de la ley son discutiblemente idóneos para desarrollar su trabajo porque están demostrando una incompetencia para llevar a cabo su trabajo – es decir, están permitiendo que creencias religiosas o cualquier otro problema personal interfieran con el desarrollo de sus funciones negando a sus pacientes la prestación de sus servicios médicos.

El aborto es la intervención quirúrgica más frecuentemente realizada en la especialidad de obstetricia y ginecología (aunque también es practicada por muchos médicos generales). Convertirse en obstetra y ginecólogo/a implica una responsabilidad especial para con las pacientes de sexo femenino, ya que un número significativo de ellas experimentará un embarazo no deseado llevándolas a solicitar abortos. Obstetras y ginecólogos/as tienen importantes obligaciones éticas para con estas pacientes.

Argumentamos que el personal de salud debería respetar el estándar ético aceptado de un enfoque no crítico hacia sus pacientes para proporcionar todos los cuidados de salud esenciales, sin excepciones. En consecuencia, proponemos que se prohíba al personal sanitario ejercer un derecho general a negarse a realizar o referirse a un aborto o a proporcionar anticonceptivos por razones personales o religiosas. Nuestra prohibición recomendada es específica para el aborto y la anticoncepción porque a pesar de ser ambos esenciales y comunes, son abrumadoramente los que los objetores se niegan a proporcionar.

Además, proponemos los siguientes remedios específicos para reducir y eventualmente eliminar la OC en salud reproductiva. Todo aquel que aspira a desarrollar profesiones sanitarias que impliquen atención de la salud reproductiva debe ser obligado a declarar que no permitirá que sus creencias personales interfieran en el manejo de los pacientes hasta el punto de causar discriminación. Los estudiantes de medicina que eligen la especialidad de obstetricia y ginecología deben ser informados sobre el alcance completo de la especialidad, incluyendo el tratamiento de mujeres con embarazos no deseados. Los estudiantes que no estén dispuestos a aprender o recetar anticonceptivos o practicar abortos por razones de OC no debe ser aceptados. Todos los obstetras y ginecólogos deben estar obligados a asistir en partos y practicar abortos como parte de sus funciones (a menos que haya una razón médica o profesional legítima para no hacerlo). Se debería esperar que los médicos generales dispensen la anticoncepción si se les pide, y practiquen abortos si tienen conocimientos y capacidad para ello, o bien referir adecuadamente a las pacientes a otros profesionales. Los farmacéuticos deben ser obligados a dispensar todas las medicinas legalmente prescritas sin excepciones. La OC institucional debe prohibirse completamente en los sistemas de salud y las empresas que sirven al público en general.

Deberían establecerse medidas ejecutivas y de vigilancia para garantizar que se cumplan las prohibiciones de acogerse a la OC. Después de todo, OC es una forma de resistencia a las reglas o leyes, por lo que los que ejercen OC deben estar preparados para aceptar el castigo por su desobediencia, al igual que en cualquier otra profesión. Los médicos deben ser sancionados cuando violen leyes o códigos de ética que prohíben la OC. Las medidas disciplinarias podrían incluir un proceso de revisión, una reprimenda oficial y una orden para corregir la conducta sancionada, y podrían escalar a pérdida de licencia médica, despido o incluso cargos criminales. Además, los gastos relacionados con el ejercicio de la OC deben ser sufragados por el profesional sanitario o la institución, quienes deben ser considerados responsables de los riesgos para la salud y las consecuencias negativas de su negativa. Los pacientes deberían tener derecho a demandar y reclamar una indemnización por cualquier daño físico o mental, y por los costes adicionales resultantes de la negativa prestar un tratamiento.

Con el tiempo, estas medidas deberían traducirse en una reducción del personal sanitario que está en contra del aborto en el campo de la salud reproductiva que se niegan a prestar atención requerida por el paciente. Aquellos que deciden permanecer y practicar abortos y prescribir anticonceptivos podrían adoptar una actitud de «distancia profesional» para separar sus creencias personales de sus deberes laborales. Ellos podrían obtener satisfacción de obedecer leyes y códigos de ética, respetando las necesidades de los pacientes y la autonomía, manteniendo sus trabajos o licencias, y fomentando la armonía en el trabajo (McLeod, 2008). Fuera de su vida laboral, son libres de expresar sus creencias de muchas otras maneras.

La implementación de estas medidas puede parecer una tarea desalentadora dado el desarrollo del estigma contra el aborto y la fuerza del movimiento antiabortistas. Pero con voluntad política, se podría hacer mucho a nivel local, nacional e internacional para asegurar que los servicios de anticoncepción y aborto estén ampliamente disponibles y sean accesibles a todos los que los necesitan. Por ejemplo, los gobiernos podrían regular los sistemas de salud pública para garantizar la práctica de abortos y proporcionar ayuda financiera a los hospitales para contratar personal sanitario dispuesto a practicar abortos. Otras medidas necesarias incluyen la formación obligatoria en el suministro de anticonceptivos y las técnicas de aborto en las escuelas de medicina, las medidas de seguridad para proteger a médicos y pacientes como zonas de acceso restringido a la clínica, la financiación total de la anticoncepción y el aborto a través de un seguro de salud gubernamental, educación pública para reducir el estigma del aborto, y otras iniciativas. El Consejo de Europa ya ha recomendado que los Estados «garanticen a las mujeres el ejercicio efectivo de su derecho de acceso a un aborto seguro y legal»; … limitar las restricciones que dificultan… acceso al aborto seguro, y… ofrecer la apropiada cobertura económica.» (Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, 2008b)

Fuente: Fiala C, Arthur JH. ‘‘Dishonourable disobedience’’ (“Inmoral desobeciencia”) – Por qué negarse a proporcionar tratamiento en salud reproductiva no es objeción de conciencia. Mujer – Psychosom Gynaecol Obstet (2014), http://dx.doi.org/10.1016/j.woman.2014.03.001