Víctima de Pordenone (2010) – Italia
Vita Donna, abril de 2013
Médico objetante sentenciado a un año de prisión por negar atención
En la provincia de Pordenone, una mujer se enfermó gravemente después de un aborto quirúrgico voluntario. Una matrona de turno temía una hemorragia y pidió la intervención del ginecólogo de turno. Pero el médico recurrió a la objeción de conciencia y se negó a ayudar, incluso después de repetidas órdenes telefónicas del médico primario, que finalmente tuvo que ir al hospital para tomar medidas urgentes para salvar la vida de la paciente.
El sexto ginecólogo fue denunciado y sentenciado por la Sexta Sección Penal del Tribunal de Casación a un año de prisión por no tratar a la paciente y desatenderla ante el riesgo de emorragia. La Corte Suprema sostuvo que la objeción de conciencia se relaciona sólo con el desempeño real de un aborto, no para recibir atención antes o después. La ginecóloga perdió su licencia y ya no puede practicar medicina.
Fuentes de abril de 2013 en italiano:
Ley 194, la Corte Suprema: «El médico que objeta no puede rechazar la atención después del aborto» (Legge 194, Cassazione: «Medico obiettore non può rifiutare cure dopo aborto»)
Aborto: Un año de prisión por objetar a un médico que negó la atención (Aborto, un año de prisión al médico médico que negó prestar el oportuno tratamiento)